Actualmente una pareja de mujeres casadas puede tener hijos, siendo la filiación de hijo/a nacido, a efectos civiles, de ambas. Para ello es muy importante que estén casadas antes de someterse a técnicas de reproducción asistida. En caso de que no haya matrimonio, sólo podrá inscribirse el hijo/a a nombre de la mujer que haya llevado a cabo la gestación y el parto.
Los tratamientos que pueden recibir las mujeres del mismo sexo son los mismos que los de cualquier otra pareja heterosexual:
- Inseminación artificial.
- Fecundación in vitro.
- Fecundación in vitro con ovocitos donados.
- Método ROPA, es decir FIV con ovocitos de la pareja, participando ambas en el proyecto reproductivo.

La técnica elegida dependerá de la situación concreta de la mujer que va a recibir el tratamiento (edad, estado de salud general, estado de salud reproductiva, etc.), y se valorará en cada caso por el médico.
Únicamente debes tener en cuenta que en todo caso utilizaremos semen de donante. Los donantes pasan por unos estrictos exámenes de salud y análisis genéticos para descartar la transmisión de enfermedades hereditarias. La elección del donante siempre corresponde al equipo médico, que garantizará la máxima similitud fenotípica e inmunológica y las máximas posibilidades de compatibilidad con la pareja y su entorno familiar.
Para tu tranquilidad, la donación de semen es anónima. El donante no puede conocer el destino de las muestras donadas, ni la mujer receptora su origen.